Feliz lunes.
30 nov 2014
Rescatado un niño que estuvo cuatro años secuestrado tras una falsa pared
Buenas, una noticia de esas que te deja estupefacto cuando menos... No es de las cosas que guste poner, pero es un buen ejemplo de lo que trataremos en INFAM.
28 nov 2014
¡La creatividad al poder!
Bueno, un artículo curioso sobre la creatividad, por si nos puede servir de utilidad ahora que vamos a diseñar un taller y una sesión por centros de interés.
Por cierto y sin ánimo de coartar la creatividad. Hay ciertas cosas que no permiten mucha creatividad y una de ellas es la ortografía. He visto en entradas y comentarios algunas faltas importantes. Repasad antes de publicar algo y echadle relativa cuenta al corrector, sobre todo con los acentos: muchas veces no señala palabras que requieren acentos, ya que en otros contextos estarían bien escritas sin acento.
Y unas frases al respecto...
Por cierto y sin ánimo de coartar la creatividad. Hay ciertas cosas que no permiten mucha creatividad y una de ellas es la ortografía. He visto en entradas y comentarios algunas faltas importantes. Repasad antes de publicar algo y echadle relativa cuenta al corrector, sobre todo con los acentos: muchas veces no señala palabras que requieren acentos, ya que en otros contextos estarían bien escritas sin acento.
Y unas frases al respecto...
Todas las personas tienen la disposición de trabajar creativamente. Lo que sucede es que la mayoría jamás lo nota.
Truman Capote.
La creatividad nunca ha sido sensata. ¿Por qué habría de serlo? ¿Por qué tú deberías ser sensato? A lo largo del tiempo, lo que un artista necesita es entusiasmo, no disciplina.
Julia Cameron.
Vale ser creativos...
26 nov 2014
María Montessori.
Buenas, su poquito de información sobre María Montessori. Figura destacada en la educación infantil, fue la primera mujer en graduarse como médico en 1896 en la universidad de Roma, y destacó por sus ideas sobre educación, centrándose en el cambio del papel del profesorado y un ambiente preparado. Mente absorbente o periodos sensibles son algunos de las ideas que dejó plasmadas en un método que sigue vigente en la acutlidad.
Diálogo de la película "María Montessori, una vida dedicada a los niños".
Llega maría Montessori a la Facultad de Medicina y Cirugía, acompañada de sus padres.
MADRE. Eres la primera mujer que cruzará esa puerta, que te respeten
(María sube la escalinata entre los alumnos, que se ríen y comentan…)
ALUMNOS. Mira eso, ¿vieron eso?, Qué hace aquí, señorita, ¿Busca a alguien?, Tal vez un marido… (Se ríen)
CONSERJE. ¿A dónde va?
MARÍA MONTESSORI. A clase, estoy matriculada
CONSERJE. ¿Es la señorita María Montessori’
MARÍA MONTESSORI. Sí.
CONSERJE. Acompáñeme
MARÍA MONTESSORI. ¿A dónde?
CONSERJE. Afuera
MARÍA MONTESSORI. ¿Cómo afuera? Estoy legalmente matriculada
CONSERJE. Son órdenes del director.
MARÍA MONTESSORI. Tengo derecho a asistir a clases igual que todos.
CONSERJE. Por favor, no me complique las cosas…
(María sale a la puerta y espera, hasta que llega el director)
DIRECTOR BACCELLI. Disculpe, no quería hacerla esperar aquí, pero es la primera vez que una mujer entra a esta Facultad. No quería problemas, adelante. Tiene buenas calificaciones, me vi obligado a aceptarla, pero no creo que este sea el sitio indicado para una mujer. Entrará en el aula después de que todos se hayan sentado, para así reducir al mínimo el contacto con sus colegas varones.
MARÍA MONTESSORI. Llevo ya 10 minutos aquí, creo que por hoy, el honor de la Facultad está a salvo.
A continuación unos enlaces curiosos sobre la vida y obra de María Montessori.
- María Montessori.
- Montessori vivo. Aquí se pueden curiosear materiales de María Montessori o los dones de Froebel entre otras cosas.
Espero que os apasione.
24 nov 2014
20 de noviembre: día de los derechos del niño.
Pues eso, que la semana pasada se celebró el día de los derechos del niño, qué menos que recordarlo, especialmente en INFAM.
Como sois un alumnado muy aplicado, seguro que todos habéis leído con motivo de la actividad sobre legislación de la UD 1, pero de todos modos los pongo aquí.
19 nov 2014
El Estado tutela a más de 40.000 menores en España.
Interesante artículo que refleja la influencia de la crisis en la realidad de los menores. No es que sea un fenómeno nuevo el de los menores tutelados, pero es llamativo el crecimiento de casos en pocos años.
Es curioso el cambio de perfil de los menores, hace unos años sobre todo inmigrantes, ahora cada vez son más frecuentes los casos de menores españoles.
Estupendo además para charlar sobre el tema un rato en INFAM.
Es curioso el cambio de perfil de los menores, hace unos años sobre todo inmigrantes, ahora cada vez son más frecuentes los casos de menores españoles.
Estupendo además para charlar sobre el tema un rato en INFAM.
El Estado tutela a más de 40.000 menores en España.
17 nov 2014
Preguntas para leer con alegría la legislación.
Pues eso, una serie de preguntas a responder sobre legislación.
- Sobre la declaración de los derechos del niño, lee los 10 derechos y elige los tres que consideres más importante. Justifica tu elección.
- Acerca de la convención de los derechos del niño, ¿qué dicen los dos primeros artículos? En el artículo 3 dice que todas las medidas respecto del niño deben estar basadas en la consideración de su interés superior. ¿Qué significa esto? Por último, comenta dos artículos cualesquiera entre el 20 y el 40.
- En el Código Civil... ojead y comentar las ideas principales de las disposiciones generales del capítulo primero y de los artículos 173 y 174. Además buscar en el Código Civil los conceptos de tutela, curatela y guarda.
- Sobre la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor, de la comunidad autónoma de Andalucía, algunos artículos más. Comparar los derechos que aparecen en los artículos 5 a 16 con los que aparecen en la declaración de los derechos del niño. Comentar el artículo 18.5, así como el 19. Con los artículos 22 y 23 diferenciar situación de riesgo de situación de desamparo. Resume la filosofía de trabajo sobre el acogimiento familiar y las modalidades de los artículos 26, 26 y 29.
Escrito a mano. Se pide que las cosas estén explicadas con vuestras palabras, quiero saber que lo habéis entendido, sé que sabéis copiar.
A disfrutar.
15 nov 2014
¿Que cambiarías de tu cuerpo?
La respuesta que dan personas adultas y menores a esa pregunta da pistas de los motivos por los que los menores son, con mucha diferencia, más felices.
Es una tontera, pero me ha hecho gracia. Hay que habilitar los subtítulos, ya que el vídeo está en inglés. Las instrucciones para hacerlo están en el mismo artículo.
¿Qué cambiarías de tu cuerpo?
Es una tontera, pero me ha hecho gracia. Hay que habilitar los subtítulos, ya que el vídeo está en inglés. Las instrucciones para hacerlo están en el mismo artículo.
¿Qué cambiarías de tu cuerpo?
6 nov 2014
Historia para no dormir.
Bueno, os dejo este enlace para que lo leáis, es un buen ejemplo de hasta donde puede llegar la influencia negativa del maltrato infantil en el comportamiento de los menores.
24 oct 2014
Para que suspiréis por mi en mi ausencia...
...y para que veáis que os aprecio en altas cotas, os dejo unas actividades con el objetivo que no permanezcáis ociosos.
Respecto a INFAM.
Respecto a INFAM.
- Lectura de lo que falta del tema, incidiendo en que queden claros los conceptos que aparecen en el apartado 5. Consulten ustedes los artículos referenciados en esta apartado, especialmente los del Código Civil (CC).
- Por parejas (como gustéis hacerlas, quedando suelta una persona si sois impares...), hacer el caso práctico que aparece en la wiki en la UD 1. Para entregar por correo electrónico el día 17 de nov.
- Si termináis y para divertirse un poco con las leyes, leer esta entrada, siguiendo las instrucciones con la meticulosidad que es habitual en ustedes.
Respecto a DEI.
- Poner al día los blogs. Hay gente que no pone una entrada desde hace semanas, y los comentarios son escasos. El número de entradas, de comentarios y la calidad de estos es lo que se valorará a la hora de otorgar el punto de procedimientos que da el blog, así que cúrrenselo.
- De la UD 2: Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres, varias cosillas:
- Sobre el rincón de la normativa: Lectura, destacando ideas principales. Veréis que no es una lectura cómoda, como todas las leyes. No es necesario saberse todos los artículos con nombre y apellidos, pero si saber qué dice la Ley al respècto.
- Sobre el rincón de la programación: Lectura comprensiva y se recomienda elaborar un pequeño esquema aclaratorio.
- Sobre el rincón de la historia, leerlo. Aquellas personas que opten por ello, pueden descargarse los cuatro documentos del material extra del rincón de la historia de la UD 2, y realizar un trabajo voluntario comentando, comparando y opinando sobre los fragmentos de los escritos de estos autores. NO se pide un resumen y mucho menos un copiado, se pide extraer y comentar ideas principales.
- Sobre el rincón didáctico: Ya se ha visto en el aula. Se recomienda completar el cuadro comenzado en la UD 1, que es complementario con la información de esta unidad. Para los amantes del rincón didáctico, que miren con entusiasmo el apartado siguiente.
- De la UD 3: El verdadero huérfano es que no ha recibido educación, realizar una lectura comprensiva del rincón didáctico. A mi vuelta realizaremos una serie de talleres que trataremos de levar a la práctica con menores.
- Además, en el material complementario de la UD1, está la ORDEN de 5-8-2008, por la que se desarrolla el Currículo correspondiente a la Educación Infantil en Andalucía (BOJA 26-8-2008). Este documento será el empleado en el rincón de la normativa de la UD 3. Aquellas personas que terminen todo, que procedan a un análisis de las partes del documento con el objetivo de familiarizarnos con él, ya que será uno delos documentos básicos para la elaboración de la programación didáctica, que comenzaremos precisamente en esta UD.
- Para el grupo de "las nuevas", recordarle que el miércoles 12 será su exposición de la UD 1. Tenéis tiempo y al resto del alumnado para aclarar dudas. Aprovechad el tiempo y preparadlo bien, os habéis incorporado tarde, pero habéis asistido a las exposiciones de el resto del alumnado, así que aprended de sus aciertos y sus errores.
Nos vemos el 12 de noviembre.
Ya tenía que estar terminado.
23 oct 2014
Infam. UD 1: Su mijita de tema legislativo.
Sin querer sobrecargar de Leyes los apuntes, a continuación, un poco de lo más importante respecto a lo concerniente a leyes. Están señalados las leyes, así como los artículos más destacados. No es necesario aprenderse todas las leyes, pero si saber cuáles son y de qué tratan, así como sus principales artículos, especialmente en lo concerniente a la Ley Andaluza de Protección al Menor.
Asimismo, señalar que todos estos documentos están en la wiki, y que la lectura completa de todos los documentos que se enumeran a continuación no son obligatorios pero si interesantes para la unidad que nos concierne, y muy recomendables para personas que padecen insomnio.
Las primeras referencias son la Declaración de los derechos del Niño de 1959 y la Convención de los Derechos del Niño de 1989 (ratificada por España en el año 1990).
De la convención de los derechos del niño, leer los artículos 1, 2, 3.1, 7, 9.1, 14, 28 y 29. De aquí surgen las iniciativas legislativas de protección al menor.
En el ámbito estatal las principales referencias son la Constitución, el Código Civil y la Ley de Protección Jurídica del Menor.
Los artículos de la constitución que hacen referencia a la información que buscamos son diversos, desde el art. 10 (dignidad de la persona), pasando por el 14 (no discriminación, el 20, el 27 o el 49. La protección y la tutela vienen reflejados en el artículo 24; en el 39 aparece la protección a la infancia y la familia; del 41 al 47 aparecen reflejados derechos básicos como el derecho a la asistencia, a servicios sociales, a la salud, cultura y vivienda.
El Código Civil ha sufrido diversas modificaciones a lo largo de los años, especialmente en los años 1981, 83 y 87. Todos estos cambios están reflejados ya en el enlace "Código Civil" del blog, que enlaza con la página "noticias jurídicas", así como en la wiki.
La Ley de Protección Jurídica del Menor(1996), se concreta en Andalucía en la Ley de los Derechos y la Atención al Menor, que vichearemos a continuación.
Dadas las competencias de la comunidad autónoma andaluza en esta materia, a nivel andaluz, vamos a ver con un poco más de profundidad en este apasionante la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor, de la comunidad autónoma de Andalucía.
Los artículos que interesan aquí son:
Asimismo, señalar que todos estos documentos están en la wiki, y que la lectura completa de todos los documentos que se enumeran a continuación no son obligatorios pero si interesantes para la unidad que nos concierne, y muy recomendables para personas que padecen insomnio.
Las primeras referencias son la Declaración de los derechos del Niño de 1959 y la Convención de los Derechos del Niño de 1989 (ratificada por España en el año 1990).
De la convención de los derechos del niño, leer los artículos 1, 2, 3.1, 7, 9.1, 14, 28 y 29. De aquí surgen las iniciativas legislativas de protección al menor.
En el ámbito estatal las principales referencias son la Constitución, el Código Civil y la Ley de Protección Jurídica del Menor.
Los artículos de la constitución que hacen referencia a la información que buscamos son diversos, desde el art. 10 (dignidad de la persona), pasando por el 14 (no discriminación, el 20, el 27 o el 49. La protección y la tutela vienen reflejados en el artículo 24; en el 39 aparece la protección a la infancia y la familia; del 41 al 47 aparecen reflejados derechos básicos como el derecho a la asistencia, a servicios sociales, a la salud, cultura y vivienda.
El Código Civil ha sufrido diversas modificaciones a lo largo de los años, especialmente en los años 1981, 83 y 87. Todos estos cambios están reflejados ya en el enlace "Código Civil" del blog, que enlaza con la página "noticias jurídicas", así como en la wiki.
La Ley de Protección Jurídica del Menor(1996), se concreta en Andalucía en la Ley de los Derechos y la Atención al Menor, que vichearemos a continuación.
Dadas las competencias de la comunidad autónoma andaluza en esta materia, a nivel andaluz, vamos a ver con un poco más de profundidad en este apasionante la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor, de la comunidad autónoma de Andalucía.
Los artículos que interesan aquí son:
- De los artículos 5 a 16, hacen referencia a la promoción de los derechos de las personas menores en la comunidad de Andalucía (sé que son muchos artículos, es muy engorroso leerlos todos, pero al menos los títulos).
- Artículos 18.5, 19, 20 y 22.
- Artículo 23, que enumera las consideradas situaciones de desamparo. Importante la relación de este artículo con el 172 del Código civil.En el artículo 24 se regula la guarda.
- Respecto al acogimiento familiar, los artículos 26 y 27 muestran las líneas básicas, así como el 29 muestra las diferentes modalidades y remite al Código Civil (artículo 173).
- Respecto al internamiento residencial, es tratado en la sección IV del capítulo IV. El artículo 36 nos da la información mas útil.
Sé que la Ley es un poco (por no decir mucho) densa y aburrida, así que veremos ciertos artículos, a lo largo del curso volveremos en ocasiones a consultar otros apartados.
Apasionante, ¿verdad?
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